Derecho
laboral Colombiano
Colombia
al ser un Estado Social de Derecho promueve el desarrollo y la justicia social,
entre ellos están los principios del derecho laboral donde se posibilitan los medios de subsistencia y su
calidad.
Principios y deberes fundamentales en el trabajo
Teniendo en cuenta esta frase donde indica que los principios son “normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible, en relación con las posibilidades jurídicas y fácticas” podemos considerar que los principios son mandatos de optimización.
Esta es una breve explicación de estos:
Favorabilidad
Este
principio especifica que cuando coexistan dos normas laborales de distinto
origen, para solucionar un caso que regula una misma materia, se aplica la
norma más favorable al trabajador y debe aplicarse en su integridad.
In
dubio pro operario
Este
principio indica cuando existen 2 o más interpretaciones posibles de una norma
y se tenga duda sobre cuál es la correcta, se debe optar por aquella que sea más
favorable para el trabajador.
Primacía
de la realidad
Este principio
indica que siempre debe primar la realidad sobre la formalidad. Este dicta
que para la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores,
se debe tomar en cuenta lo que verdaderamente sucede en la realidad y no
solamente lo que las partes han contratado.
Estabilidad
Este
principio protege a los trabajadores de no ser despedidos pero siempre y cuando
cumplan con sus obligaciones, estos no deben estar expuestos al riesgo de un
despido. De acuerdo a esto el empleador que termina el contrato sin justa
causa, está en la obligación legal de indemnizar al empleado.
Adicional
existen unos fueros que protegen a los trabajadores de ser despedidos
injustamente y son:
El
Fuero Sindical: es la garantía de que gozan unos trabajadores de no ser despedidos,
ni desmejorada su condición laboral o de trabajo, no pueden ser trasladados a
otro establecimiento de la misma empresa o a otro municipio, sin justa causa.
El Fuero
de maternidad: nos habla de que ninguna
trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.
El Fuero
Circunstancial: en esta los trabajadores que pertenezcan a un sindicato y que
presenten al patrono un pliego de peticiones no pueden ser despedidos sin justa
causa comprobada, desde la fecha que presentaron el pliego y durante los
términos legales.
El
Fuero por discapacidad: para esta ningún caso la limitación en una persona,
podrá ser motivo para la no vinculación
laboral, a menos que dicha limitación se demuestre como incompatible con en el
cargo que se va a desempeñar. Tampoco ninguna persona limitada podrá ser
despedida por razón de esta.
Principio
de la condicion mas benficiosa
Este
principio indica que al momento de un cambio normativo no se pueden violar los
derechos de los trabajadores dados en leyes anteriores. Es por esto que se
deben mantener los beneficios que los trabajadores tienen
a través del contrato de trabajo.
Principio
de irrenunciabilidad
Este
principio nos informa que cada trabajador tiene unos derechos mínimos, los
cuales no pueden ser vulnerados independiente al tipo de contrato pactado entre
las dos partes, garantizándole así un mínimo vital que
le permite tener una calidad de vida digna para él y
su familia. Por tal motivo el trabajador está imposibilitado de
privarse, voluntariamente, de las garantías que le otorga la legislación
laboral.
Principio
de Minimo Vital
Este principio
consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores, con el fin de
no desmejorar la calidad de vida de estos y busca ofrecerles a los
empleados opciones de progreso. Con l mínimo vital no se
busca únicamente contrarrestar las violaciones al principio de
dignidad humana, sino garantizar la igualdad de oportunidades nivelación social.
Derechos
adquiridos
Los
derechos adquiridos son aquellos que ya hacen parte del patrimonio y deben ser
protegidos, incluso cuando surja una nueva ley y no puede ser vulnerado por
quien lo creó o reconoció legítimamente.
Principio
de libertad de trabajo
Este
principio se refiere a que cada persona está en la libertad de elegir en que
puesto o cargo desempeñarse, independientemente de cual sea la forma de
garantizar su mínimo vital.
Principio
de obligatoriedad del trabajo
Este
principio indica la obligación de
todo trabajador de aportar su mano de obra y fuerza laboral para un bien
personal y en pro de la comunidad. El trabajo, no solo es un derecho, sino
que también es una obligación social de todo
ciudadano.
Principio
de protección del trabajo
Este
principio trata de brindarles la protección debida y oportuna a
los trabajadores, con el fin de que se cumplan todos sus derechos
y garantías por parte del Estado.
Principio
de la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario
La capacitación consiste en
formar al trabajador para que desempeñe labores diferentes a las que
normalmente realiza; el adiestramiento por el contrario, consiste en formar el
trabajador con el fin que sea más apto desarrollando las labores que
normalmente realiza. Además, es un derecho del trabajador disfrutar del tiempo
libre, la recreación, el deporte y periodos de descanso.
Principio
de igualdad de derechos
Este
principio parte de la realidad de que todos nacemos libres e iguales ante la
ley se refiere a que todo trabajador debe ser tratado con igualdad de
condiciones y con las mismas normas; independientemente de la labor que
desempeñe, de sus conocimientos y de su experiencia.













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